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Autonómicas 2024

El día 12 de mayo de 2024 se celebrarán elecciones al Parlamento de Catalunya. En este espacio encontrará toda la información relacionada con el proceso electoral.

 

SORTEO DE FORMACIÓN DE LAS MESAS ELECTORALES PARA LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUNYA

Día 15 de abril, a las 18.00 horas, en el Ayuntamiento de Sant Joan Despí

Según dispone la normativa electoral vigente se establece la competencia de los ayuntamientos para el nombramiento de personas que integran las mesas electorales así como el procedimiento a seguir y dar a conocer a la ciudadanía en general que, para efectuar la designación de estos cargos, se celebrará sorteo público en el salón de sesiones de la Casa Consistorial el próximo día 15 de abril a las 18.00 horas, ante la Junta de Gobierno Local en sesión pública.

 

Web para la consulta de Censo Electoral del Instituto Nacional de Estadística

Durante el período electoral, estará disponible en Internet un servicio de consulta para que los electores puedan comprobar los datos de su inscripción en el censo electoral, en la dirección sede.ine.gob.es/censo_electoral 

 

Censo electoral y derecho de voto


En estas elecciones pueden participar los electores:

  • CER: Censo de electores de españoles residentes en Catalunya.
  • CERA: Censo de electores de españoles residentes-ausentes que viven en el extranjero inscritos en municipios de Catalunya.

 

Censo vigente

De acuerdo con el artículo 39.1 de la LOREG, el censo vigente para las elecciones que se celebrarán 12 de mayo de 2024 será el cerrado el 1 de enero de 2024, que recoge los movimientos comunicados por los Ayuntamientos, Consulados y Registros Civiles acaecidos hasta el 28 de diciembre de 2023. En este censo se incorporarán las reclamaciones estimadas.

 

Servicio de consulta del censo electoral y reclamaciones

Durante un plazo de ocho días, entre el 25 de marzo y el 1 de abril, los ayuntamientos mantendrán un servicio de consulta del censo vigente; las listas de electores residentes en el extranjero se podrán consultar también en estas mismas fechas en los consulados.

Del 25 de marzo al 1 de abril, cualquier persona puede presentar reclamación sobre sus datos censales en los ayuntamientos, consulados o directamente en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

Todas las reclamaciones presentadas se resuelven en los tres días siguientes y se notifican a los interesados.

 

Envío de tarjetas censales

La Oficina del Censo Electoral remitirá las tarjetas censales entre el 15 de abril y el 6 de mayo. Cualquier cambio en los datos de la mesa o del local electoral, posterior al envío de la tarjeta censal, será comunicado a los electores.

 

Voto por correo de los electores residentes en Catalunya (CER)

Los electores residentes en Catalunya pueden solicitar el voto por correo del 19 de marzo al 2 de mayo de 2024. El voto por correo se puede solicitar:

a) Por internet, con certificado electrónico, en la página web de Correos www.correos.es/voto-por-correo

b) Personalmente ante cualquier oficina del Servicio de Correos de España.

Los electores que soliciten el voto por correo no pueden votar personalmente en la mesa electoral.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, remite al elector, entre el 22 de abril y el 5 de mayo, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto.

Recibida la documentación, estos electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 9 de mayo.

 

Voto por correo de los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero

Los electores residentes en Catalunya que se encuentren temporalmente en el extranjero, una vez efectuada la convocatoria, que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación, y que deseen participar en las elecciones, deben figurar inscritos en el Registro de Matrícula Consular como no residentes y solicitar la documentación para ejercitar su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, no más tarde del día 13 de abril. Esta solicitud debe entregarse personalmente en la Oficina consular de carrera o Sección Consular de Embajada (Consulado español donde figure inscrito como no residente).

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remite al elector al domicilio en el extranjero indicado en la solicitud, entre el 16 y el 22 de abril, por correo certificado, la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. Este plazo puede ser ampliado hasta el 30 de abril en caso de haber impugnación de candidatos. Recibida la documentación, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del 9 de mayo.

 

Por Internet, los trámites disponibles son:

-Para consultar los datos de inscripción por Internet, se exige un certificado electrónico de los publicados por la sede electrónica del INE. Quien no tenga un certificado de los indicados no podrá obtener información particularizada a través de este medio sede.ine.gob.es/censo_electoral

El servicio estará disponible durante todo el proceso electoral, inicialmente con la información de las listas de consulta y, una vez resueltas las reclamaciones, con el censo electoral de votación.

-Consulta de mesa y local electoral donde le corresponde votar, sin necesidad de poseer el certificado digital, por diferentes criterios de búsqueda, aportando como datos obligatorios la provincia, el municipio y la inicial del primer apellido, a través de la dirección sede.ine.gob.es/ce-mesas

-Cumplimentación de la solicitud de voto por correo para presentar en una oficina de Correos. Los electores que quieran solicitar el voto por correo en una oficina de Correos pueden cumplimentar la solicitud, sin necesidad de acceso a Cl@ve, en la dirección sede.ine.gob.es/censoElectoralTramitesVotoporcorreo.
El elector deberá llevar las dos impresiones que se obtengan en la oficina de Correos.

-Consulta del estado del envío de la documentación para el voto por correo. Para esta consulta es necesario aportar el identificador (DNI o pasaporte) y la fecha de nacimiento, en la dirección sede.ine.gob.es/censoElectoralTramitesConsultavotoporcorreo

-Exclusión de las copias del censo electoral que se utilizan para el envío de la propaganda electoral. Quien no quiera figurar en las copias del censo electoral que se faciliten a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral puede solicitar su exclusión a través de este enlace sede.ine.gob.es/oposicionPartidos/presentacion

-Solicitud de voto por correo con certificad electrónico. Los electores residentes en España y electores del CERA temporalmente en España podrán solicitar el voto por correo con certificado electrónico, sin necesidad de ir a una oficina de Correos, en la dirección www.correos.es/voto-por-correo

 

Información general

Servicios donde se atenderán todas las consultas que puedan ser formuladas en relación con estas elecciones:

  • Ayuntamiento de Sant Joan Despí: Servicio de atención presencial y telefónica en el número 93 480 60 00 en horario de lunes a viernes de 8.30 a 14 horas y miércoles de 16.30 a 19 horas.
  • Oficina del Censo Electoral: Servicio de atención telefónica en el 900 343 232 en horario de lunes a viernes no festivos de 9 a 14 horas, y el día de la votación, en el que el horario será de 8 a 20 horas.


La identificación para votar y/o realizar consulta del censo o reclamación se realizan con la siguiente documentación personal (deben ser originales, no fotocopias):

  • Documento nacional de identidad (DNI)
  • Pasaporte (con fotografía)
  • Permiso (carné) de conducir (con fotografía)

 

Información colegios electorales y mesas en Sant Joan Despí: 

Con el objetivo de adaptar la división de los distritos electorales a la evolución demográfica y territorial de la ciudad, el Ayuntamiento de Sant Joan Despí y la Oficina del Censo Electoral han reordenado las secciones censales y han habilitado nuevos colegios electorales. Consulte los cambios en los colegios electorales en este enlace.

11 colegios electorales:

  • Polideportivo Salvador Gimeno, c. Major, 75
  • Centro Jujol-Can Negre, pl. Catalunya, 1
  • Centro Cívico Sant Pancraç, paseo del Canal, 2
  • Antigua Escuela Pascual Cañís, c. Orfeo Català, 6
  • Centro Cívico Les Planes, c. John Fitzgerald Kennedy, 4
  • Centro Miquel Martí i Pol, av. Barcelona, 83
  • Centro barrio Antoni Gaudí, pl. Estatut, 5
  • Centro Cívico Pla del Vent-Torreblanca, c. Rubió i Tuduri, 5
  • Biblioteca Mercè Rodoreda, c. Major, 69
  • Casal de Gent Gran Can Maluquer, c. Rius i Taulet, 4
  • Ciudad deportiva Joan Gamper – Pabellón polideportivo, av. Onze de Setembre, s/n

Mesas electorales: 54
Número de distritos: 6